Sin discernimiento no hay voluntad administrativa

Sin discernimiento no hay voluntad administrativa

El principio de que sin discernimiento no hay voluntad administrativa establece una frontera inquebrantable entre la herramienta tecnológica y la decisión estatal.



1. El fundamento jurídico del acto voluntario

Desde la teoría general del derecho, el artículo 260 del Código Civil y Comercial (y el histórico artículo 897 del Código Civil) define que un acto voluntario es únicamente aquel ejecutado con discernimiento, intención y libertad. El discernimiento exige la posesión de plenas facultades mentales para comprender las consecuencias de las acciones y ponderar los hechos. Por ende, la formación de una voluntad jurídicamente válida y susceptible de producir efectos administrativos presupone la capacidad cognitiva e intencional propia de la persona humana.


2. La naturaleza del algoritmo y la ausencia de agencia

Los sistemas de inteligencia artificial y los algoritmos son concebidos como artificios o medios tecnológicos desprovistos de autoconciencia, intención, libertad o discernimiento genuino. Dado que operan de forma mecánica dentro de los parámetros de su programación y los patrones de sus datos de entrenamiento, carecen de autodeterminación. En consecuencia, un algoritmo no puede emitir un juicio de valor consciente ni manifestar una voluntad propia; por sí solo, es incapaz de asumir responsabilidad jurídica o administrativa por los actos que genera o sugiere.


3. La reserva de la autoridad humana en el acto administrativo

La exigencia legal del dictado de actos por parte de una autoridad humana competente (consagrada en normativas como la Ley de Procedimientos Administrativos N.º 19.549) deriva directamente de esta imposibilidad técnica y jurídica de atribuir discernimiento a la máquina. Dado que la responsabilidad final es siempre personal e institucional, solo la persona humana facultada puede formar la voluntad del Estado.

Bajo este marco, el principio sustenta la adopción innegociable del control humano indelegable (human-in-the-loop):

  •  La IA como co-piloto: Los modelos automatizados únicamente pueden actuar como herramientas de apoyo que procesan grandes volúmenes de información, detectan patrones o generan borradores e insumos.
  •  El funcionario como único decisor: La firma, la interpretación jurídica, el juicio crítico y la responsabilidad por los actos administrativos que afecten los derechos patrimoniales o constitucionales del ciudadano recaen de manera exclusiva en el funcionario humano. 

Sin el discernimiento humano que valida y motiva la decisión, el acto administrativo carece de su elemento subjetivo esencial, viciando de nulidad el ejercicio del poder público.

Puedes ver el video en el canal de YouTube en:

https://youtu.be/h7wByPfHhNw

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