Autonomía en la Gestión del Empleo

Autonomía en la Gestión del Empleo

Como hemos señalado previamente cuando nos referimos a la organización de la función de gestión de personas y a la autonomía, en algunas jurisdicciones la contratación de personal para las administraciones tributarias es realizada por un organismo específico de gestión del empleo público como una secretaría de la función pública, un ente gestor de recursos humanos o por la Jefatura de Gabinete de ministros. 

Cuando la contratación sea realizada por un organismo de este tipo, es importante que la administración tributaria tenga la autonomía para determinar los puestos a cubrir y para especificar qué habilidades y calificaciones se requieren para los puestos de trabajo vacantes.

Por otra parte, debido a la complejidad de las administraciones tributarias y a la amplitud de las responsabilidades que hoy en día asume, es preferible que la organización tenga la mayor autonomía posible sobre el proceso de reclutamiento, incluyendo la facultad de:

  • Determinar qué puestos de trabajo deben cubrirse y con qué prioridad,
  • Especificar las habilidades y calificaciones requeridas para cada puesto de trabajo y, en consecuencia,
  • Impulsar las promociones internas, los traslados y reubicaciones y, ocasionalmente, la búsqueda, selección y nombramiento de nuevo personal.


Para aumentar la confianza del público en la integridad de la administración tributaria, es importante que el reclutamiento y la selección del personal se lleven a cabo de manera transparente con:

  • las buenas prácticas previamente señaladas,
  • cumpliendo con la legislación laboral (evitando formas atípicas no reguladas, maniobras de relación de dependencia encubierta o contratos simulados de falsa autonomía).


Asimismo, si el proceso fuera gestionado por un ente de administración del empleo público, este organismo debe realizar el reclutamiento y selección con los mismos estándares mencionados anteriormente.


Te invito a profundizar estas ideas en la Serie "Administración Tributaria del Siglo XXI":

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