Al intentar definir posibles casos de uso de la inteligencia artificial (IA) en las administraciones tributarias es necesario realizar una diferenciación entre tareas cuasi-mecánicas y aquellas otras que requieren discrecionalidad y subjetividad, respecto de las cuales se deben considerar los límites impuestos por la Ley N° 19549 de Procedimientos Administrativos.
Supervisión humana y límites a la automatización:
- + Cumplimiento de la Ley N° 19549: Los artículos 7° y 8° de la Ley N° 19549 de Procedimientos Administrativos imponen límites a las decisiones automatizadas, requiriendo que las decisiones finales sean tomadas por funcionarios competentes.
- + Supervisión humana: La IA puede sugerir borradores preliminares, pero requiere supervisión humana.
- + Decisiones automatizadas: Si bien la IA puede ayudar en la toma de decisiones, no debe suplir la voluntad administrativa ni vulnerar los derechos de los contribuyentes al debido proceso y su defensa.
- + Transparencia algorítmica: Los contribuyentes deben tener acceso a los aspectos técnicos, algoritmos y datos empleados por los sistemas de IA para la toma de decisiones.
- + Derecho a impugnar: Los contribuyentes deben tener el derecho a impugnar las decisiones basadas en la IA que consideren incorrectas o injustas. Es crucial que las administraciones tributarias adopten un enfoque equilibrado, aprovechando los beneficios de la IA para mejorar la eficiencia y la eficacia, al tiempo que se protegen los derechos de los contribuyentes y se garantiza el debido proceso, la transparencia y la rendición de cuentas.
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