Responsabilidad solidaria en materia de obligaciones de Seguridad Social


 Ante deudas de los aportes y contribuciones patronales de la Seguridad Social la ley determina los supuestos de responsabilidad solidaria, la cual se activa cuando un tercero es responsable junto con el deudor principal por dichas obligaciones.

Como veremos a continuación la responsabilidad solidaria puede surgir de diferentes maneras, ya sea por origen tributario, laboral o previsional.


Tipos de Responsabilidad Solidaria

  • Origen Tributario: Se basa en el incumplimiento de las obligaciones tributarias por parte del deudor principal. La responsabilidad se extiende a aquellos que, por ley, son responsables de las deudas del contribuyente. En estos casos, la Administración Tributaria debe seguir un procedimiento específico para determinar e intimar la deuda al responsable solidario conforme lo establecido en el artículo 8° de la Ley N.° 11683 de Procedimiento Tributario.
  • Origen Laboral: Esta responsabilidad surge de la Ley N.° 20744 de Contrato de Trabajo (LCT), específicamente del artículo 30, y se activa cuando una empresa subcontrata o delega parte de su actividad principal a otra. En este caso, la empresa principal se convierte en responsable solidario de las obligaciones laborales y de seguridad social de los empleados de la subcontratista.
  • Origen Previsional: Este tipo de responsabilidad puede surgir de diversas leyes, como la Ley N.° 14236 en casos de transferencia de establecimientos o cesión de personal.


Requisitos para la Activación de la Responsabilidad Solidaria

  • Incumplimiento del Deudor Principal: Debe existir una deuda u obligación incumplida por parte del empleador (deudor principal).
  • Nexo con el Deudor: Debe existir una relación o vínculo legal entre el responsable solidario y el deudor principal. Por ejemplo, en el caso de la responsabilidad por origen laboral (artículo 30 LCT), debe existir una subcontratación o delegación de tareas. En el caso de la responsabilidad tributaria, debe haber una relación legal que obligue al tercero a responder por la deuda.
  • Notificación al Responsable Solidario: La Administración Tributaria debe notificar al responsable solidario sobre la deuda y su carácter de responsable solidario, mediante actas de inspección.


Procedimiento para la Determinación de la Responsabilidad Solidaria

  1. Determinación de la Deuda: Se debe determinar la existencia y el monto de la deuda del contribuyente principal.
  2. Identificación del Responsable Solidario: Se debe identificar a la persona humana o jurídica que, por ley, es responsable solidario de la deuda.
  3. Notificación e Intimación: Se notifica al responsable solidario mediante actas de inspección, indicando el carácter de responsable solidario y el fundamento legal de la solidaridad.
  4. Posibilidad de Defensa: El responsable solidario tiene derecho a presentar su defensa e impugnar la deuda dentro del procedimiento normativamente establecido.


Casos Específicos de Responsabilidad Solidaria

  • Subcontratación: Las empresas que subcontratan servicios relacionados con su actividad principal son responsables solidarias por las obligaciones laborales y de seguridad social de los empleados de sus subcontratistas.
  • Directores y Representantes de Sociedades: En algunos casos, los directores, gerentes y representantes de sociedades pueden ser considerados responsables solidarios por las deudas de la empresa. Esto es especialmente cierto si tenían a su cargo el cumplimiento de los deberes tributarios al vencimiento de la obligación.
  • Agentes de Retención: Los agentes de retención, que son quienes deben retener una parte del pago a terceros para ingresar al Fisco, son también responsables solidarios si no cumplen con esa obligación.
  • Cooperativas de Trabajo: Quienes contratan a cooperativas de trabajo son responsables solidarios por las obligaciones de seguridad social de los asociados de dicha cooperativa, hasta el monto facturado por la cooperativa, siempre que la actividad genere ganancias gravadas para el dador de trabajo.


Es importante tener en cuenta que la responsabilidad solidaria no es automática ni objetiva. La Administración Tributaria debe demostrar que se cumplen los requisitos para activar la responsabilidad y el responsable solidario tiene el derecho a defenderse y demostrar que no debe ser considerado responsable.

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