La Combinación Tributaria

La Combinación Tributaria

Hasta ahora, nos hemos centrado en el análisis de los ingresos fiscales agregados. Sin embargo, como veremos en el Cuadro N.° 1 los ingresos públicos son una medida que se construye a partir de la acumulación de la recaudación de una variedad de recursos y de impuestos a la que la bibliografía llama “combinación de ingresos”.

 

Cuadro N.° 1

Recursos recaudados.

Recursos recaudados por tipo. En millones de pesos. Año 2022.

Concepto

Recaudación

%

Ingresos tributarios

$ 8.594.013,00

65,90%

Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social

$ 3.679.075,90

28,21%

Ingresos no tributarios

$ 260.904,20

2,00%

Rentas de la propiedad

$ 405.773,90

3,11%

Transferencias de capital

$ 62.161,90

0,48%

Venta de bienes y servicios públicos

$ 24.866,10

0,19%

Transferencias corrientes

$ 13.941,00

0,11%

Recuperación de préstamos

$ 115,30

0,00%

Recursos propios de capital

$ 18,50

0,00%

Venta de acciones y participaciones de capital

$ 10,20

0,00%

Total de recursos recaudados

$13.040.880,00

100%

Fuente: Elaboración propia con base a datos del informe “¿De dónde vienen los recursos? (Oficina Nacional de Presupuesto, 2022).

Cuando nos referimos al desempeño fiscal, la fuente principal de recursos del Presupuesto Nacional son los ingresos tributarios. Como surge de la lectura del cuadro N.° 1, los ingresos tributarios representan $0,66 por cada peso que recauda el Estado Nacional (Oficina Nacional de Presupuesto, 2022).

Con base a la misma fuente, si a los recursos tributarios le sumamos los Recursos de la Seguridad Social (aportes personales y contribuciones patronales) alcanzamos el 94,11% del total de ingresos.

Por tal motivo, y dada la particularidad del diseño del sistema argentino, consideramos más adecuado referirnos a la “combinación tributaria”.

Por otra parte, no queremos pasar por alto una situación que nos diferencia de la combinación tributaria de otros países. Del Cuadro N.° 1 surge la importancia de los Recursos de la Seguridad Social en relación con la recaudación bruta de impuestos nacionales.

Al realizar comparaciones internacionales debemos considerar que muchos países de la región, como Chile, El Salvador y México, han privatizado la salud y las pensiones, en mayor o menor medida y, en consecuencia, las contribuciones obligatorias a instituciones privadas no se consideran Recursos de la Seguridad Social. Por otra parte, en Colombia y Perú, los sistemas públicos y privados conviven y los trabajadores pueden optar entre ellos (OCDE, CEPAL, CIAT, BID & otros, 2023).

A su vez, los países del Mercosur siguen un modelo de complementariedad entre los sistemas público y privado. La ampliación de la cobertura de los sistemas de seguridad social a sectores difíciles de gravar y que históricamente estaban excluidas, así como los regímenes especiales, tanto el Monotributo como el de Trabajo en Casas Particulares también inciden en el desempeño fiscal (OCDE, CEPAL, CIAT, BID & otros, 2023).

Es decir que, si bien la Constitución Nacional prevé otras diferentes fuentes que mencionamos en el Cuadro N.° 1, actualmente los tributos suelen ser el principal mecanismo de financiación del gasto público:

  • Ingresos tributarios: 65,90%
  • Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social: 28,21%
  • Demás recursos: 5,89%
Te invito a profundizar estas ideas en la Serie "Administración Tributaria del Siglo XXI": GONZÁLEZ CAO, Rodrigo Luis (2023d). “Mejores impuestos para mejores tiempos: el buen impuesto”. Centro de Estudios en Administración Tributaria – CEAT. Universidad de Buenos Aires. Recuperado desde: https://www.economicas.uba.ar/wp-content/uploads/2023/07/el-buen-impuesto.pdf

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