Para alcanzar los Objetivos de Desarrollo 2030 es necesario promover la justicia social, el empleo pleno y el trabajo decente

Como vimos en los posteos previos, la preocupación por el trabajo decente fue ingresando poco a poco en la agenda internacional y diferentes países y organizaciones se comprometieron con la visión de que en el trabajo la persona ejerce y aplica sus habilidades y desarrolla sus potencialidades. Es decir, el hombre no es para el trabajo, sino que el trabajo es para el hombre. Esta idea se apoya en que el trabajo debe ser un medio para sustentar la vida de cada persona y la de los suyos, y para prestar servicio a la comunidad humana (JUAN PABLO II, 1997).
En 2015 la Asamblea General de las Naciones Unidas asumió 17 objetivos de desarrollo sostenible con vistas al año 2030 (ODS 2030). Uno de ellos es: “Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos”. Hoy la justicia social, el empleo pleno y el trabajo decente figuran de manera expresa en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas (ONU, 2015) y, en el tránsito hacia la nueva normalidad del trabajo en el marco de la cuarta revolución industrial, la OIT plantea la protección social universal como un paso ineludible para alcanzar esos objetivos de la Agenda 2030 (OIT, 2017b). (*Si tienen tiempo, sugiero leer el análisis de ONU sobre el tema en https://www.un.org/es/chronicle/article/objetivo-8-analisis-del-objetivo-8-relativo-al-trabajo-decente-para-todos )
Cuando nos referimos a garantizar una protección social universal estamos considerando las diferentes prestaciones que cubren las contingencias vitales desde el nacimiento hasta la muerte. La Recomendación N° 202 sobre los pisos de protección social (OIT, 2012) explicita el desafío de garantizar un nivel básico de seguridad social para todos a través de pisos que aseguren progresivamente un alcance mayor y niveles más elevados.
Estas garantías deberían asegurar como mínimo que, durante el ciclo de vida, todas las personas necesitadas tengan acceso a una atención de salud esencial y a una seguridad básica del ingreso. Los pisos de protección social comprenden, como mínimo, las siguientes garantías básicas de seguridad social:
  • acceso a un conjunto de bienes y servicios definido a nivel nacional, que constituyen la atención de salud esencial, incluida la atención de la maternidad, que cumpla los criterios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad;
  • seguridad básica del ingreso para los niños, por lo menos equivalente a un nivel mínimo definido en el plano nacional, que asegure el acceso a la alimentación, la educación, los cuidados y cualesquiera otros bienes y servicios necesarios;
  • seguridad básica del ingreso, por lo menos equivalente a un nivel mínimo definido en el plano nacional, para las personas en edad activa que no puedan obtener ingresos suficientes, en particular en caso de enfermedad, desempleo, maternidad e invalidez, y;
  • seguridad básica del ingreso para las personas de edad, por lo menos equivalente a un nivel mínimo definido en el plano nacional.
Para superar los efectos que las medidas sanitarias de aislamiento han generado en la economía, una transición integradora hacia la nueva normalidad del trabajo no puede desconocer el derecho a acceder a un piso mínimo de protección social para todos los ciudadanos, en especial para los más vulnerables, complementado y fortalecido por regímenes contributivos de seguridad social que proporcionen niveles mayores de cobertura y suficiencia sin descuidar su sustentabilidad (OIT, 2012).
Dichos pisos no solamente deben garantizar el acceso, sino también una cuantía que no sea meramente “simbólica”. En tal sentido, al menos, debieran considerar que:
  • las personas que necesitan atención de salud no deban enfrentar un riesgo mayor de pobreza debido a las consecuencias financieras del acceso a la atención de salud esencial y que,
  • la seguridad básica del ingreso permita vivir con dignidad, definiendo, en consecuencia, los niveles mínimos de ingresos según el valor monetario de un conjunto de bienes y servicios necesarios (“canasta básica”), a los umbrales nacionales de pobreza, a los umbrales de ingresos que dan derecho a la asistencia social o a otros umbrales comparables.
Las políticas públicas, principalmente las de protección y seguridad social deben aprovechar las oportunidades que surgen en esta disrupción para afrontar los desafíos pendientes con el objetivo de construir un futuro del trabajo justo, inclusivo y seguro con empleo pleno, productivo y libremente elegido y trabajo decente para todos. Ese futuro del trabajo decente es el pilar del contrato social y es fundamental para un desarrollo sostenible que ponga fin a la pobreza y no deje a nadie atrás.
Los invito a expresar sus opiniones en los comentarios.
Saludos a todos, Rodrigo
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