Infracciones de Seguridad Social en la industria de la construcción

Infracciones de Seguridad Social en la industria de la construcción

En la industria de la construcción suelen detectarse infracciones a las obligaciones de la Seguridad Social tales como la omisión de declarar personal, la declaración de remuneraciones inferiores a las reales, y el uso de maniobras para disminuir las obligaciones fiscales.

Sin ánimo de enumerar todas las infracciones posibles, se detallan algunas de las más frecuentes en este sector económico.

Personal no declarado:
Esta maniobra puede presentar diferentes formas:
+ Ocultamiento total de trabajadores: No registrar a los empleados en los libros y declaraciones correspondientes.
+ Declaración de trabajadores por un número menor de horas o días: Declarar a los trabajadores por menos tiempo del que realmente trabajan.
+ Declaración del alta de los ingresantes con fecha posterior al comienzo de sus tareas: No cumplir con los plazos requeridos para la obtención del alta temprana de los trabajadores.
+ Evasión mediante figuras no laborales: Utilizar contratos de locación de obra o servicios para encubrir relaciones laborales dependientes y evitar las obligaciones previsionales.

Utilización de personal no registrado a través de subcontratistas:
Emplear trabajadores que no están declarados por el contratista o subcontratista. Se utilizan subcontratistas que no cumplen con las normas laborales y de seguridad social para evadir responsabilidades. Esto incluye:
+ No solicitar a los subcontratistas la documentación pertinente que acredite el cumplimiento de las normas laborales y de seguridad social.
+ Omitir la verificación de la inscripción en el IERIC de los contratistas y subcontratistas.

Remuneraciones imponibles declaradas menores a las reales:
Las empresas declaran menores remuneraciones imponibles que las reales para disminuir los aportes y contribuciones. Esto se puede dar a través de:
+ Pagos "parciales por fuera": Abonar una parte del salario fuera de los registros formales.
+ Omisión de conceptos típicos convencionales: No pagar o pagar de forma indebida adicionales como la hora de flexibilidad o el "adicional primera clase".

Maniobras con las retenciones:
Se realizan maniobras para computar retenciones irreales en las declaraciones juradas previsionales, disminuyendo la obligación. Algunas de estas maniobras incluyen:
+ Uniones transitorias de empresas: Informar al agente de retención la incidencia porcentual respecto de las remuneraciones de los trabajadores afectados en la obra de forma discrecional.
+ Agente de retención: Imputar totalmente la retención a la Unión transitoria de empresas, y luego ésta última transfiere el 100% de la retención a cada uno de los integrantes.

Es importante destacar que el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) es el órgano de control de esta actividad y los empleadores deben inscribirse allí. La omisión de esta inscripción genera responsabilidad solidaria para los propietarios, empresarios o profesionales que contraten a empresas o profesionales no inscriptos.

En resumen, las infracciones a la Seguridad Social en la industria de la construcción son variadas y buscan eludir el cumplimiento de las obligaciones fiscales por medio de la omisión de trabajadores, la subdeclaración de salarios, el uso de figuras contractuales no laborales y el incumplimiento de las normas protectivas por parte de los contratistas y subcontratistas.

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